Chile es uno de los países más atrasados en materia de derechos humanos de los pueblos indígenas. Hoy, frente al proceso de cambio social y político iniciado el 18 de octubre 2019, ratificado el 25 de octubre reciente con el triunfo del ‘apruebo’ en el plebiscito para cambiar la constitución, la emergencia del debate de la plurinacionalidad del Estado es insoslayable en la agenda indígena. Lamentablemente, el parlamento chileno aún no tiene mecanismos para la participación indígena en la nueva constitución y, a lo largo de la historia, el Estado-Gobierno no ha reconocido este derecho, sino que, en el caso mapuche, se suprimió la capacidad de decisión política a partir de la ocupación militar de su territorio vía colonialismo interno (González Casanova, 2006).
Un Estado plurinacional no implica la creación de otro Estado en el país, sino la transformación del Estado monocultural y unitario con un nuevo mandato que redistribuya las riquezas en igualdad de derechos sociales, políticos y de paridad; que reconozca los derechos colectivos de las nueve naciones originarias y del pueblo afrodescendiente: territorio, lengua, cultura y conocimientos, identidad, derechos políticos a la autonomía, la autodeterminación, y a la consulta indígena. Los derechos colectivos no son demandas indígenas antojadizas, son normas e instrumentos internacionales emitidos por las Naciones Unidas, entre ellos el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, OEA (2016) y el Plan de Acción sobre la Declaración Americana sobre los Pueblos Indígenas (2017-2021). Este último compromete a los Estados miembros para la creación de un mecanismo institucional que dé seguimiento a la implementación de la Declaración Americana y que sea capaz de responder a problemas serios en materia de tierras y recursos, protección ambiental y autogobierno de los pueblos, incluidas la salud y la seguridad de las mujeres y de las infancias indígenas (Cepal, 2018).
El Estado plurinacional además debe ser intercultural porque en la futura constitución debe quedar plasmado el anhelo de convivencia y de respeto a los pueblos indígenas, violentados por el racismo y la discriminación provenientes del poder hegemónico y de la violencia estatal y sus políticas genocidas y lingüicidas. Lo intercultural del Estado implicará el conocimiento y la valoración de los pueblos en la sociedad chilena y la instauración de políticas de diálogo no represivas. Ello requiere de una educación cívica y pública permanente que conduzca a conocer los pueblos, saber sus lenguas, historias y filosofías, identificar sus contri buciones al país. La condición intercultural del Estado dará sentido común y colectivo a la plurinacionalidad, permitiendo las identidades diversas y la valoración de las raíces indígenas del país. Es decir, lo intercultural favorecerá a toda la población porque brindará la posibilidad de desarrollar habilidades, valores, actitudes y conocimientos para vivir en mundos interconectados con tantas lenguas y culturas, para estar mejor equipados como ciudadanos del mundo global y local. Otro gran aporte será incorporar el valor y respeto por la Madre Tierra y el reconocimiento de los derechos no humanos al agua, al aire, a las montañas, etc. Todas medidas necesarias para garantizar la vida de la tierra y de nosotros mismos.
La plurinacionalidad se ha instalado en el continente como posibilidad recientemente en Bolivia y Ecuador; hay otras formas como la autonomía territorial en la Costa Atlántica de Nicaragua con los pueblos sumo, rama, miskito y garífuna; autonomía administrativa en el caso del pueblo cuna de Panamá, y otros. Son formas de gobierno indígena con diversos matices. La experiencia chilena no será una copia de otras constituciones, sino una forma genuina de mandato y gobierno construido por diversos actores que garanticen derechos a todes.
Las naciones originarias de Chile no han renunciado a sus derechos, fueron obligadas a hacerlo bajo presión por la imposición de leyes y engaños. El Estado chileno firmó tratados con el pueblo mapuche y los vulneró, prometió reconocimiento contitucional mediante la Ley Indígena (1993) y no lo cumplió. Una constitución plurinacional e intercultural es necesaria para cambiar la historia. La lucha indígena - y de los mapuche en particular - es un ejemplo paradigmático de defensa de la vida, de la tierra, las culturas y de la hermosa morenidad que conforma el país.