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Revista de estudios histórico-jurídicos
versión impresa ISSN 0716-5455
Rev. estud. hist.-juríd. n.31 Valparaíso 2009
doi: 10.4067/S0716-54552009000100040
Revista de Estudios Histórico-Jurídicos
XXXI (Valparaíso, Chile, 2009)
[pp. 532 - 533]
BIBLIOGRAFÍA
Monreal Zia, Gregorio - Jimeno Aranguren, Roldán, Textos histórico-jurídicos navarros, I: Historia antigua y medieval (Pamplona, Gobierno de Navarra, Instituto Navarro de Administración Pública, 2008), 1.121 págs.
El comentario de textos en la enseñanza de la Historia del Derecho no es un simple complemento a una exposición doctrinal, sino que ha de ser considerado parte integral y sustancial de la misma. Con esta idea central, Santos Coronas González, catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Oviedo, hace la presentación de esta extensa colección documental de textos histórico-jurídicos navarros que constituye la principal antología para el estudio crítico del antiguo derecho navarro. Se trata, pues, de una colección documental que los autores ponen principalmente a disposición de los estudiantes con la pretensión de ofrecer un material válido de enseñanza y contribuir a la creación de un nuevo espacio de enseñanza participativa. Con ello no sólo pretenden enriquecer el conocimiento del derecho histórico clásico, sino también "de asumir la vocación inexcusable del historiador del derecho de poner en cuestión, al mostrar la evolución del ordenamiento, el mito de la naturalidad y racionalidad del derecho positivo".
Se han seleccionado los materiales que los autores han considerado de interés histórico-jurídico, sin que se trate de una recopilación exhaustiva de textos referidos a una determinada materia, sino más bien una colección que ellos denominan significativa y sopesada. Los documentos provienen de fondos archivísticos diversos, predominando los del Archivo General de Navarra, del Archivo de la catedral de Pamplona y el Archivo Histórico Nacional, sin perjuicio de uso que se ha hecho de archivos municipales diversos. En atención al período que abarca este primer volumen, igualmente se ha recurrido a fuentes epigráficas, literarias y cronísticas.
Las fuentes que se presentan en este primer volumen se dividen en dos partes: una referida a la época antigua y la otra a la medieval. Cada una de ellas, a su vez, se subdivide en diferentes bloques, según el siguiente orden general: Primera parte (Historia antigua): 1. Romanización. 2. El ocaso del imperio romano. 3. Época visigoda. Segunda parte (Del reino de Pamplona al reino de Navarra): 1. Descripciones de los habitantes y del territorio. 2. Nacimiento del reino de Pamplona y su continuidad en el reino de Navarra: 2.1 Orígenes del reino: la fundamentación del pactismo político. 2.2. La sucesión al trono: normas y praxis sucesoria. 2.3 La Comunidad del reino o del "Pueblo de Navarra" y su organización política. 2.4 El rey y el reino: juramento recíproco. 3. Fuentes del Derecho: 3.1. Derecho local. 3.2.Derecho territorial. 4. El ámbito territorial: 4.1. Evolución del ámbito territorial. 4.2. El territorio real y su administración. 4.3. El poder jurisdiccional sobre el territorio. 5. Funciones del Estado: 5.1. La justicia. 5.2. La hacienda. 5.3. El ejército. 5.4. Relaciones reino e Iglesia. 6. Derecho de las minorías religiosas: 6.1. Judíos. 6.2. Musulmanes.
Cada grupo de textos va precedido de un comentario introductorio que informa sobre las principales cuestiones que suscita la institución o instituciones de que se trata, con el fin de ayudar a los interesados en el análisis y comentario de los documentos. Al término de los mismos se incluye una bibliografía básica referida al tema abordado por dichos documentos, facilitando así a los estudiosos una visión o tratamiento más completo, y que sirva de ayuda a quienes hayan de comentarlos.
Cada texto va acompañado de una ficha técnica en la que figura la fecha de producción del documento y su lugar de origen , así como la datación histórica a la que hace referencia, que no se corresponde necesariamente con la de elaboración del propio documento cuando, por ejemplo, éste consiste en una crónica posterior al hecho histórico. En lo que se refiere a la actualización de las fechas de las dataciones, se ha seguido el calendario actual basado en el nacimiento de Cristo. En la Edad Media, como se sabe, existen diferentes modos de contar el tiempo, siendo la llamada era hispánica una de las que figuran con mayor frecuencia entre los documentos que se reproducen en esta colección. En estos casos, hay que restar 38 años con lo que se sitúa la fecha del documento en el cómputo actual. En la misma ficha técnica que acompaña a cada documento se indica la autoría del mismo, el archivo o biblioteca donde se conserva y la edición crítica más reciente. Para la confección de la ficha, se ha seguido el modelo usual utilizado en las regestas de colecciones documentales, de conformidad con las normas de las comisiones internacionales de paleografía y diplomática, con adaptación a los criterios de la metodología histórico-jurídica que estableció Alfonso García-Gallo.
En la mayoría de los casos los documentos se publican en su integridad. En los documentos extensos, sin embargo, cuando el interés histórico-jurídico se limita a un apartado, se transcribe éste o se ofrece un amplio resumen del contenido. Igualmente, los documentos se ofrecen en castellano, para lo que fue menester traducir algunos del latín y otros del francés. Para otros, se ha utilizado las traducciones ya existentes, realizadas por autores diversos, al igual que ha sucedido con textos originalmente escritos en griego y en árabe. Los escritos en romances navarro, aragonés o castellano, se presentan en su versión original, salvo los fragmentos del Fuero General de Navarra y del Fuero extenso de Tudela, que se presentan en la versión de Juan F. Utrilla Utrilla, el primero, y de Luis María Marín Royo, el segundo. En lo que se refiere al Fuero General de Utrilla se ha utilizado la edición de 2003, porque, explican los autores, tratándose de una colección de fuentes para ser utilizada por estudiantes, era preferible ofrecer una traducción del complicado romance navarro-aragonés y presentar los distintos textos del Fuero General en un lenguaje comprensible que utiliza términos en uso o al menos recogidos en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua. Los topónimos se han unificado con arreglo al criterio oficial establecido por el Gobierno de Navarra.
Al término de estas extensas páginas, se incluyen dos apéndices. El primero recoge doce cuadros genealógicos que van del siglo IX al XVI, tomados de la Historia del reino de Navarra en la Edad Media de José María Lacarra. El segundo contiene mapas relativos al estatuto jurídico de las ciudades vasconas según Plinio, a siete momentos clave en la evolución territorial del reino de Pamplona-Navarra, a los límites de las diócesis medievales, la diócesis de Pamplona y sus arciprestazgos y a los moros y judíos en la Navarra medieval. La extensa bibliografía incluida al final es selectiva y crítica.
Carlos Salinas Araneda
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Chile











